Bases de la promoción

Bases de la promoción

BASES DE LA PROMOCIÓN

Sorteo en Instagram de 6 LOTES de 2 botellas de Elyssia: Un Elyssia Gran Cuvée y un Elyssia Pinot Noir.

OBJETO:

Comercial Grupo Freixenet, S.A., con domicilio en C/Joan Sala, nº 2, 08770 Sant Sadurní d’Anoia, sociedad inscrita el 16 de enero de 1989 en el Registro Mercantil de Barcelona, hoja 118.024, folio 41, tomo 10.107, con NIF nº A58588922, con el fin de incentivar las ventas de sus productos, ha decidido organizar y poner en marcha una acción promocional denominada CONCURSO: Elijas el que elijas, nuestro #cava Elyssia siempre será la mejor opción. para ofrecer un incentivo para el consumo de sus productos, que se comercializan en distintos establecimientos comerciales de todo el territorio nacional.

Esta promoción se ajusta a las siguientes bases:

PRIMERA.- Ámbito de aplicación.

Ámbito Territorial:

La promoción se desarrollará en el ámbito territorial de España incluyendo Ceuta, Melilla, Islas Canarias y Baleares.

Ámbito Personal:

La presente promoción está dirigida exclusivamente a los consumidores mayores de 18 años, con residencia legal en España. Los participantes deberán facilitar su nombre, apellidos, correo electrónico o teléfono y Documento Nacional de Identidad (DNI) o NIE, para que su participación pueda ser considerada válida.

SEGUNDA.- Duración de la campaña.

La campaña promocional se iniciará el  20 de abril de 2020  a las 11 horas (CET) y terminará a todos los efectos el 5 de mayo de 2020 a las 24 horas (CET), ambas fechas incluidas.

Comercial Grupo Freixenet, S.A. se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio, suspensión o ampliación de esta promoción siempre que exista una causa que lo justifique, comprometiéndose a dar a dichos cambios la suficiente publicidad.

TERCERA.- Premio.

El premio en promoción será de 6 LOTES de 2 botellas de Elyssia: Un Elyssia Gran Cuvée y un Elyssia Pinot Noir en Instagram (para 6 ganadores) Este premio será enviado a los 6 premiados a partir del 6 de mayo de 2020 a la dirección postal facilitada por cada uno de ellos.

CUARTA.- Comunicación

Los ganadores serán anunciados el 6 de mayo de 2020 a las 12 horas (CET) en la FanPage de Instagram @elyssiabyfreixenet, con un comentario en el mismo post  que anunciaba la promoción o una nueva publicación anunciando a los ganadores. Los ganadores deberán facilitar a la empresa organizadora los datos necesarios que les sean solicitados para poder realizar los envíos en un plazo máximo de 24 horas, que finalizará el 7 de mayo a las 12 horas (CET).

Los ganadores deberán enviar los datos solicitados al correo electrónico hola@elyssiabyfreixenet.com en el plazo de tiempo indicado.

QUINTA.- Gratuidad

Esta promoción es de carácter gratuito, por lo que la participación en la obtención de los premios no supone ningún incremento del precio de los productos mencionados ni coste adicional para el consumidor.

SEXTA.- Mecánica promocional

La promoción está destinada a todos los fans de la FanPage de @ElyssiaByFreixenet en Instagram.

6.1. Forma de participación

La mecánica promocional consistirá en acceder al post promocional de la página oficial de Instagram @ElyssiaByFreixenet.

Para participar en Instagram, el usuario tendrá que:

  1. Seguir nuestro Instagram @elyssiabyfreixenet
  2. Menciona 2 amigos de Instagram con los que compartirías una copa de Elyssia.
  3. Tus amigos también deben seguir nuestro Instagram @elyssiabyfreixenet

Participaciones válidas:

Será una participación válida participando en las páginas oficiales del sorteo y habiendo realizado los pasos mencionados anteriormente.

Los datos facilitados deberán ser ciertos y corresponder a una persona física real, que deberá confirmar su identidad y mayoría de edad, en caso de ganar el premio.

En caso de conflicto con respecto a una inscripción, será considerado como participante o jugador el titular autorizado de la cuenta de la dirección de correo electrónico utilizada para participar. El “titular autorizado de la cuenta” es la persona física a la que un proveedor de acceso a Internet, un proveedor de servicios online u otra organización responsable de asignar direcciones de correo electrónico para el dominio asociado con la dirección comunicada, le asigna una dirección de correo electrónico. Se podrá pedir a cada uno de los ganadores posibles que aporte prueba de ser titular autorizado de cuenta.

Comercial Grupo Freixenet, S.A. se reserva el derecho de dar de baja o descalificar a usuarios que incumplan las reglas de la promoción (perfiles falsos, uso fraudulento del sistema, etc). Asimismo, se reserva el derecho de realizar acciones civiles y penales contra los que participen de forma fraudulenta en la promoción.

 

6.2. Obtención del premio

El sorteo, que se realizará al término de la promoción, incluirá las participaciones recibidas correctamente para el premio.

El sorteo se realizará mediante la aplicación ECHALOASURTE.COM en la que se introducirán todas las participaciones válidas tras lo cual, la plataforma ECHALOASURTE.COM  elegirá al azar y de forma automática a [6] ganadores y a [6] suplentes con el fin de subsanar cualquier irregularidad o incidencia que pudiera producirse con las llamadas o formularios seleccionados como ganadores del premio en cuestión. Comercial Grupo Freixenet, S.A. se reserva el derecho de hacer una nueva elección de ganadores si no fuese posible entregar todos los premios entre los ganadores elegidos en el sorteo inicial.

Los premiados deberán presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI) para la obtención del premio, nombre completo, teléfono y mail.

En caso de que no fuera posible localizar al ganador en el plazo de las 24 horas previstas en la anterior base cuarta, o bien si el ganador rechazase el premio expresamente, por cualquier causa, la empresa organizadora acudirá a los registros de reserva por orden de selección.

SÉPTIMA.- Premio

Se regalarán 4 de 6 LOTES de 2 botellas de Elyssia: Un Elyssia Gran Cuvée y un Elyssia Pinot Noir a los 6 ganadores que hayan participado en las redes sociales oficiales @elyssiabyfreixenet

OCTAVA.- Limitaciones

Quedan excluidos de ganar la promoción los empleados de Comercial Grupo Freixenet, S.A., parientes de primer y segundo grado, los empleados de distribuidores, agentes, representantes, filiales, proveedores, de aquellas empresas integradas en la realización de la promoción y de la impresión y difusión de los componentes de la campaña ni sus familiares de primer y segundo grado, así como aquellas personas que tengan una relación directa (novios, parejas de hecho, etc.) o indirecta con los anteriormente mencionados.

En términos generales, no podrá ganar la promoción ninguna persona o familiar de la misma que haya sido colaborador directo o indirecto de las empresas mencionadas en el apartado anterior o que, por cualquier causa, haya intervenido en la creación o ejecución de la presente promoción.

La compañía organizadora no se hará cargo de los gastos personales de los ganadores.

Comercial Grupo Freixenet, S.A. en ningún caso correrá con gastos adicionales que no estén contemplados en los puntos anteriores.

Los ganadores podrán renunciar a sus premios pero en ningún caso éstos serán canjeados por su valor en metálico ni podrán ser cedidos ni vendidos a terceras personas.

No se pueden realizar cancelaciones o rectificaciones por parte del ganador después de confirmar la aceptación del lote de productos.

Comercial Grupo Freixenet, S.A. declina cualquier responsabilidad en caso de que los sistemas utilizados para participar en la presente promoción fueran objeto de alguna modificación a nivel legal o reglamentario o sufrieran interrupciones en su funcionamiento por cualquier razón durante el tiempo que dura la promoción y que pudiera afectar total o parcialmente a la operatividad y acceso a los mismos por parte de los participantes.

Comercial Grupo Freixenet, S.A. no se responsabiliza de las causas directamente imputables al servicio de telefonía ni por el eventual incremento de los precios de los servicios utilizados en relación con la presente campaña publicitaria.

En caso de que se produjera cualquier tipo de incidencia, accidente y/o contingencia durante el desarrollo y/o disfrute del evento por parte de los ganadores y sus acompañantes, tanto los ganadores como sus acompañantes excluyen y/o exoneran de toda responsabilidad a Comercial Grupo Freixenet, S.A.

NOVENA – Datos personales

De conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679, y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, le informamos que los datos personales facilitados serán responsabilidad de Comercial Grupo Freixenet, S.A. La finalidad del tratamiento será gestionar su participación en el sorteo y el tratamiento de dichos datos está basado en el consentimiento del interesado al participar en el sorteo.

Le informamos que los datos de carácter personal, recogidos a través del presente, serán tratados con la debida diligencia y seguridad y cumpliendo en todo caso las vigentes disposiciones legales en cada momento. Los datos proporcionados se conservarán durante la vigencia del sorteo o durante el tiempo necesario para cumplir con las obligaciones legales.

En ningún caso se contempla por parte de Comercial Grupo Freixenet, S.A. la transferencia internacional de datos personales a terceros países fuera de la UE. Dichos datos no se cederán a terceros salvo en los casos que exista una obligación legal. Le recordamos su derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en el caso de que considere que se han vulnerado las vigentes disposiciones legales en materia de protección de datos.

Siendo Usted titular de los derechos reconocidos en la normativa vigente en materia de protección de datos, podrá ejercer los derechos de los derechos de acceso, rectificación, limitación de tratamiento, supresión, portabilidad y oposición al tratamiento de sus datos dirigiéndose por escrito a Comercial Grupo Freixenet, S.A, a  – C/ Joan Sala, 2 08770 Sant Sadurní d’Anoia, Att. Departamento de Comunicación o por correo electrónico a la dirección gdpr@freixenet.es.

Asimismo, el interesado consiente que se envíe un mensaje privado por Instagram a los ganadores. La indicación de los datos personales consistentes en el nombre, apellidos, fecha de nacimiento, domicilio, DNI, pasaporte, teléfonos y dirección de correo electrónico tendrá carácter obligatorio para la gestión del regalo.

DÉCIMA.- Derechos de imagen

Los participantes autorizan a las empresas organizadoras a reproducir y utilizar su nombre, apellidos, dirección e imagen en cualquier actividad publi-promocional relacionada con la promoción en la que haya resultado ganador sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganado.

Dado que el derecho a la propia imagen está reconocido por el artículo 18.1 de la Constitución y regulado por la Ley Orgánica 1/1982 de 5 de Mayo sobre el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, y a la propia imagen, los participantes autorizan a que, el vídeo y fotografías en el las que eventualmente aparezcan puedan ser publicados en cualquier momento presente o futuro, en cualquier medio publicitario incluyendo la web y en las Redes Sociales de Comercial Grupo Freixenet, S.A., sin restricciones y con la única salvedad y limitación de aquellas utilizaciones o aplicaciones que pudieran atentar al derecho al honor en los términos previstos en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la propia Imagen

La autorización se concede en los términos más amplios posibles y para todo el territorio mundial y, según lo indicado, no conllevará contraprestación por lo que, consecuentemente, la autorización se presta con carácter gratuito.

 DÉCIMOPRIMERA.- Tratamiento fiscal del premio

 A los premios que sean entregados en el marco de la presente acción les será de aplicación la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y demás disposiciones concordantes.

El premio otorgado a cada ganador tiene la consideración de ganancia patrimonial no generadas por la transmisión de elementos patrimoniales, por lo que deberán ser indicada en la declaración del I.R.P.F. del ejercicio correspondiente.

En el supuesto de que el premio supere el valor de 300€, Comercial Grupo Freixenet, S.A practicará la oportuna retención o ingreso a cuenta y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al Participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta.

Si el premio es de valor inferior a 300€ el ganador deberá reflejar dicha ganancia en su declaración del I.R.P.F sin que, en ese caso, Comercial Grupo Freixenet, S.A. practique la retención o ingreso a cuenta por dicha cantidad.

DÉCIMOSEGUNDA.- Aceptación de las bases

La simple participación en la promoción regulada por las presentes bases implica la aceptación de las mismas en su totalidad (incluida la aplicación de la normativa fiscal que resulte de obligatoria aplicación en cada momento), por lo que la manifestación en el sentido de no aceptación de las mismas conllevará la exclusión automática del participante y, como consecuencia de la misma, Comercial Grupo Freixenet, S.A. quedará liberada del cumplimiento de la obligación que en su caso hubiera podido contraer con dicho participante.

DECIMOTERCERA.- Jurisdicción y ley aplicable

Comercial Grupo Freixenet, S.A. se reserva el derecho de emprender acciones judiciales, dar de baja o expulsar automáticamente y sin previo aviso aquellas personas que realicen cualquier tipo de acto susceptible de ser considerado manipulación o falsificación del juego.

Para el conocimiento de cualquier litigio que pudiera plantearse en cuanto a la interpretación o aplicación de las presentes bases, Comercial Grupo Freixenet, S.A., como los participantes de esta promoción se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los juzgados y tribunales de españoles en los términos de lo establecido en el artículo 52.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.  Esta acción promocional se regirá por las presentes bases y por la legislación española.